CRÉDITO A LA ESPERANZA

Asistencia financiera destinada a la atención de las personas, empresas o comunidades afectadas por acontecimientos, hechos de caso fortuito o fuerza mayor (por ejemplo: Desastres naturales) o cualquiera otro hecho sobrevenido, que afecte de forma masiva a una población determinada de nuestro país.

• Sin Tasa de Interés.

• Sin comisión Flat.

• Sin Garantía.
Cédula de Identidad o RIF, (pudiendo el banco solicitar en algún momento algún otro tipo de recaudo especial, no limitante para el otorgamiento del financiamiento).

De acuerdo a la necesidad del solicitante y avalúo.
De acuerdo al ingreso familiar declarado e intercambio de saberes con la comunidad.
Hasta 20 años de acuerdo a la solicitud y evaluación del solicitante
Cuotas mensuales, trimestrales o semestrales, de acuerdo a la solicitud
Hasta 6 meses (de acuerdo a la evaluación del solicitante y su núcleo familiar. No aplica en todos los casos)